



La ley forestal 3/93 de la Comunidad Valenciana establece en el artículo 6 el uso recreativo del monte, favoreciendo el uso excursionista, recreativo y pedagógico de los terrenos forestales promoviendo la concienciación social sobre los valores culturales, ecológicos, ambientales y económicos que comporta el patrimonio forestal valenciano. Y corresponde a la administración forestal regular la actividad recreativa y educativa de los montes, bajo el principio de armonización con la conservación y protección del medio natural.
Bajo estas premisas y en respuesta al notable incremento de personas que año tras año acceden a los montes, la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente potencia el Proyecto “Senda Verde”.
Con lo arriba enunciado, solo se busca lo políticamente correcto, después de una nefasta gestión de nuestro entorno natural, y un desprecio total al médio ambiente llegan las «medidas para nuestra protección y la del médio ambiente», el cierre TOTAL, se puede encontrar un listado de las zonas afectadas al final.
Se suspenden todos los permisos y autorizaciones por actos vandálicos en la zona de acampada de «Sot de Chera», aunque han detenido a los vándalos, hasta que se aclare la situación no se concede ningún permiso de acampada.